REQUISITOS PARA LA OBTENCIÓN DE LA PATENTE ANUAL DE OPERACIÓN TURÍSTICA

Legislación Ambiental Secundaria, Libro III del Régimen Forestal, Título XIV de las Áreas Naturales y de la Flora y Fauna Silvestres, Capítulo I, de las Áreas Naturales, Arts. 173; 179; 180; 181; 182; 183; 184; 185; 191 y 194.


A.  INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO FORESTAL

Solicitud dirigida al Director Nacional de Biodiversidad y Áreas Protegidas y/o Director Regional respectivo del Ministerio del Ambiente, adjuntando los siguientes requisitos (Original y copia):

 a)      Nombre del peticionario;

b)      Especificaciones y certificado de matrícula del vehículo o nave que será destinado al servicio turístico y recreacional;

c)      Referencias bancarias actualizadas que demuestren solvencia económica y, antecedentes que garanticen su responsabilidad;

d)      Permiso de operación y calificación turística conforme lo dispone la Ley Especial de Desarrollo Turístico y sus Reglamentos;

e)      Escritura de constitución de la compañía y certificado de cumplimiento de obligaciones otorgado por la Superintendencia de Compañías;

f)        Nombramiento del representante legal o el correspondiente poder en caso de ser mandatario;

B.  EMISIÓN DE LA PATENTE

g)      Programa de actividades (descripción del tour) para cada área de operación;

h)      Nómina de Guías Naturalistas y copia de licencias; y,

i)        Pago de los valores correspondientes,  posterior al Registro Forestal

(En la solicitud inicial debe requerirse la Inscripción de la Empresa en el Registro Forestal y el otorgamiento de la Patente Anual de Operación Turística, para las áreas requeridas).

RENOVACIÓN PATENTE TURÍSTICA PARA ÁREAS PROTEGIDAS

 

La Patente anual de operación turística, es el único documento habilitante para realizar transporte de visitantes hacia y/o dentro de las áreas que conforman el Patrimonio Nacional de Áreas Naturales Protegidas.

 

Conforme con lo dispuesto en la Legislación Ambiental Secundaria, Libro III del Régimen Forestal, Título XIV de las Áreas Naturales y de la Flora y Fauna Silvestres, Capítulo I, de las Áreas Naturales, Arts. 183 y 184, para la renovación de las patentes turísticas se deberá presentar los siguientes documentos: 

REQUISITOS: 

1.      Solicitud dirigida al Director Nacional de Biodiversidad y Áreas Protegidas, Ministerio del Ambiente y/o Director Regional Respectivo, indicando las áreas a operar y cupo requerido para cada una de ellas;

2.      Especificaciones y certificado de matrícula del vehículo o nave que será destinado al servicio turístico y recreacional;

3.      Referencias bancarias actualizadas que demuestren solvencia económica y, antecedentes que garanticen su responsabilidad; y,

4.      Permiso de operación y calificación turística conforme lo dispone la Ley Especial de Desarrollo Turístico y sus Reglamentos.

5.      Escritura de constitución de la compañía y certificado de cumplimiento de obligaciones otorgado por la Superintendencia de Compañías; y,

6.      Nombramiento del representante legal o el correspondiente poder en caso de ser mandatario; 

 

B.  EMISIÓN DE LA PATENTE

  1. Programa de actividades (descripción del tour) para cada área de operación;
  2. Nómina de los Guías Naturalistas y copia de licencias.
  3. Pago de los valores correspondientes

C.   VIGENCIA DE LA PATENTE:  1 año

REF.    Dr. Edgar Rivera

Telf   2506-337

erivera@ambiente.gov.ec